Cómo obtener la Ciudadanía Estadounidense en tres años
¿Qué pasa si mi entrevista de residencia ocurre antes de que el matrimonio tenga 2 años cumplidos?
Cuando un extranjero contrae nupcias con un ciudadano estadounidense y su matrimonio aún no tiene 2 años de existencia, por lo regular se obtiene una residencia temporal de dos años conocido como “Green Card Condicional” o Residencia Legal Condicional.
Durante los 90 días antes de que expire la tarjeta de residencia condicional se deberá presentar una petición solicitando la cancelación de esta condición o restricción en la residencia del extranjero. Generalmente la condición se impone para posteriormente esclarecer cualquier duda de que el matrimonio se contrajo con el fin de eludir las leyes migratorias de este país, es decir, con el fin de obtener un beneficio migratorio y no con el fin de formar una familia con el peticionario o ciudadano estadounidense.
Si solicito la cancelación de condición temporal con mi conyugue y esta es aprobada, ¿Puedo solicitar automáticamente mi ciudadanía?
No, la Ciudadanía Americana no se solicita automáticamente después de que la condición temporal es aprobada y la razón es la siguiente, al aprobarnos la cancelación de condición temporal significa que ahora somos residentes legales permanentes de los Estados Unidos y nuestra “Green Card” o tarjeta de residencia tendrá una vigencia de 10 años.
Generalmente las personas deben esperar cinco años y cumplir con una serie de requisitos, para poder aplicar para una ciudadanía. Sin embargo, para aquellos que obtienen su residencia permanente basado en su matrimonio con un ciudadano estadounidense, existe una excepción ya que el aplicante solo tendrá que esperar tres años a partir de la fecha de su aprobación de residencia temporal.
Cabe mencionar que existen otros requisitos además del tiempo de espera para poder solicitar la ciudadanía estadounidense en tres años, para su referencia los oficiales de inmigración evaluarán el cumplimiento de “la regla de los 3”:
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- 3 años de matrimonio (con el cónyuge por medio del cual se obtuvo la Residencia);
- 3 años viviendo junto con su cónyuge ciudadano estadounidense; y
- 3 años de haber obtenido la aprobación de la Residencia (los dos años de residencia condicional son tomados en cuenta).
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Se debe tomar en cuenta que, para calificar a esta excepción de los tres años, los cónyuges deben permanecer casados hasta la ceremonia de juramentación.
Si los cónyuges dejaran de vivir juntos y el matrimonio terminará por una separación legal, entonces se deberá esperar cinco años completos desde la fecha de aprobación de su residencia permanente hasta el momento que se solicita la naturalización.
¿Qué ocurre si mi conyugue ciudadano estadounidense fallece, podré solicitar mi naturalización después de 3 años?
Desgraciadamente usted no podrá naturalizarse después de cumplir con los tres años de haber obtenido su aprobación de residencia permanente, y tendrá que esperar a cumplir cinco años para comenzar su solicitud de naturalización, por la siguiente razón:
La ley de inmigración de Estados Unidos (INA, por sus siglas en ingles) en su Sección 319 (a) establece que permite que una persona que ha sido residente permanente y se encuentre en matrimonio con un conyugue ciudadano estadounidense durante tres años, al final de ese tiempo, podrá solicitar su ciudadanía de los Estados Unidos.
Así como también se hace referencia en el Código de Regulaciones Federales [8 CFR 319.1 (b) (2) (i)], donde se establece lo siguiente:
“Una persona no es elegible para la naturalización como cónyuge de un ciudadano de los Estados Unidos bajo la Sección 319 (a) de la Ley si, antes o después de la presentación de la solicitud, la unión matrimonial deja de existir debido a la muerte o divorcio, o el cónyuge ciudadano se ha expatriado”.
Por lo que, incluso si usted ya había presentado la solicitud de naturalización antes del fallecimiento de su conyugue ciudadano estadounidense, esto le ocasionara que no se le permita continuar con la ceremonia de juramento ya que esta implícito en el Código de Regulaciones Federales, que nos dice «antes o después de la presentación de la solicitud» en consecuencia, usted tendrá que esperar dos años más para cumplir con los cinco años que se requieren para poder solicitar la naturalización.
Este artículo es informativo y no debe entenderse como asesoría legal para ningún caso en específico.