Procesos para Inmigrantes Especiales
Las Leyes de Inmigración y Nacionalidad en los EE.UU., protegen a muchas personas cuando estas experimentan situaciones especiales o por razones humanitarias.
I. Residencia permanente a través de categorías especiales
Usted podría calificar para obtener la residencia permanente en los Estados Unidos a través de una situación familiar especial y este ajuste de estatus se limita a las personas que cumplen con determinados requisitos. Entre estas personas se encuentran las siguientes:
- Cónyuge o hijo maltratado (VAWA).
- K Visa (No Inmigrante).
- Persona nacida en los Estados Unidos de padres diplomáticos extranjeros.
- V Visa (no inmigrante) o viuda de un ciudadano estadounidense.
II. Inmigrantes Especiales
Los inmigrantes especiales son individuos que califican para obtener una residencia permanente o protección temporal bajo un programa especial si el solicitante cumple con los requisitos para el programa o la protección solicitada. Entre estos inmigrantes se encuentran los siguientes:
- Trabajadores religiosos.
- Empleados gubernamentales del canal de Panamá o de la zona del canal.
- Empleados de organizaciones internacionales y ciertos miembros de su familia.
- Reporteros.
- NATO-6 (no inmigrante).
- Médicos considerados un beneficio de interés nacional
- Menores bajo la protección de un Tribunal.
- Miembros de las Fuerzas armadas.
- Nacionales de Afganistán o de Irak que apoyaron a las fuerzas armadas estadounidenses como traductores.
- Nacionales de Irak que trabajaron para el Gobierno de los Estados Unidos en Irak.
III.Otros programas especiales para inmigrantes
Ciertas leyes de inmigración proveen programas humanitarios a aquellos individuos que necesitan refugio o ayuda por motivos de desastres, opresión, asuntos médicos de emergencia y otras circunstancias urgentes. Entre estos programas se encuentran los siguientes:
- Programas para refugiados y petición de asilo.
- Visas T & U (Víctimas de la Trata de Personas y otros delitos).
- TPS (Protección Temporal de Estatus).
- Salida Diferida (Discreción del gobierno a no expulsarlo del país).
- DACA (Acción Diferida para jóvenes traídos por sus padres cuando eran menores de edad).
- Inmigrantes especiales juveniles.
- FGM/C (Victimas de mutilación genital femenina o corte de genitales femeninos).
Para obtener más información sobre cualquiera de estas categorías o programas mencionados anteriormente, no dude en llamar a nuestra oficina y evaluaremos su situación individual para solicitar la categoría o el programa al que usted califique.
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